EMPLEADAS/OS DEL HOGAR – OBLIGACIONES DEL/LA EMPLEADOR/A

El Real Decreto 893/2024, publicado el 11 de septiembre de 2024, regula la protección de la seguridad y salud en el servicio del hogar familiar. Aquí están las principales obligaciones para los empleadores: 1. Protección de Riesgos Laborales 2. Evaluación de Riesgos 3. Equipos de Trabajo y Protección 4. Formación 5. Situaciones de Riesgo 6. […]

El Real Decreto 893/2024, publicado el 11 de septiembre de 2024, regula la protección de la seguridad y salud en el servicio del hogar familiar. Aquí están las principales obligaciones para los empleadores:

1. Protección de Riesgos Laborales

  • Los empleadores deben garantizar la información, formación y participación de los trabajadores en temas de seguridad.
  • El coste de las medidas de seguridad no debe recaer sobre los trabajadores.

2. Evaluación de Riesgos

  • Realizar una evaluación inicial de riesgos y actualizarla periódicamente.
  • Adoptar medidas preventivas documentadas y proporcionar copias a los trabajadores.

3. Equipos de Trabajo y Protección

  • Proveer equipos de trabajo y protección individual adecuados.

4. Formación

  • Ofrecer formación preventiva al inicio del contrato, centrada en riesgos específicos del hogar.

5. Situaciones de Riesgo

  • Informar a los trabajadores sobre riesgos graves e inminentes y permitirles interrumpir su actividad sin perjuicio.

6. Vigilancia de la Salud

  • Realizar reconocimientos médicos periódicos, garantizando el consentimiento y la privacidad del trabajador.

7. Prevención de Violencia y Acoso

  • Proteger a los trabajadores de violencia y acoso, considerando el abandono del domicilio por estas razones como justificado.

Plazos Importantes

  • Evaluación de riesgos: seis meses desde el 14 de mayo de 2025.

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