El Real Decreto 893/2024, publicado el 11 de septiembre de 2024, regula la protección de la seguridad y salud en el servicio del hogar familiar. Aquí están las principales obligaciones para los empleadores:
1. Protección de Riesgos Laborales
- Los empleadores deben garantizar la información, formación y participación de los trabajadores en temas de seguridad.
- El coste de las medidas de seguridad no debe recaer sobre los trabajadores.
2. Evaluación de Riesgos
- Realizar una evaluación inicial de riesgos y actualizarla periódicamente.
- Adoptar medidas preventivas documentadas y proporcionar copias a los trabajadores.
3. Equipos de Trabajo y Protección
- Proveer equipos de trabajo y protección individual adecuados.
4. Formación
- Ofrecer formación preventiva al inicio del contrato, centrada en riesgos específicos del hogar.
5. Situaciones de Riesgo
- Informar a los trabajadores sobre riesgos graves e inminentes y permitirles interrumpir su actividad sin perjuicio.
6. Vigilancia de la Salud
- Realizar reconocimientos médicos periódicos, garantizando el consentimiento y la privacidad del trabajador.
7. Prevención de Violencia y Acoso
- Proteger a los trabajadores de violencia y acoso, considerando el abandono del domicilio por estas razones como justificado.
Plazos Importantes
- Evaluación de riesgos: seis meses desde el 14 de mayo de 2025.